Equística Defensa del Medio Ambiente Aso. Civ. c/ Santa Fe, Provincia de y otros s/ Amparo Ambiental
Por Jimena Bevilacqua, Clarisa Neuman y Lorena Bianchi
Síntesis
En la sentencia de la causa principal “Equística” del 11 de agosto del 2020, se hizo lugar a la pretensión cautelar de la actora ordenando a las provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, y los Municipios de Victoria y Rosario, que constituyan, de manera inmediata, un Comité de Emergencia Ambiental (dentro de la estructura federal concertada del “Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná” -PIECAS-DP), el que debe adoptar medidas eficaces para la prevención, control, y cesación de los incendios irregulares en los términos de la Ley de “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema en todo el territorio nacional” (Ley N° 26.562|2009), en la región del Delta del Río Paraná, utilizando para ello las bases del mencionado PIECAS-DP.
Luego en la misma causa, en la sentencia del 12 de agosto de 2022, se tienen por presentada las documentaciones e informes solicitados a las demandadas y, “en el marco de la cautelar dispuesta, el Estado Nacional – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, las provincias, y los municipios involucrados, deberán informar cada treinta (30) días corridos, de las actividades desarrolladas por el Comité de Emergencia Ambiental, en el marco del PIECAS-DP, y del grado de efectividad de las medidas adoptadas a los fines previstos en esta decisión, por lo que se mantiene la vigencia temporal de la misma”.
Sentencias
La sentencia de la causa principal en la que la Corte Suprema de Justicia de la Nación hace lugar a las medidas cautelares que solicitan las partes y que se explica infra es:
● 11/08/2020. Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Equística Defensa del Medio Ambiente Aso. Civ. c/ Santa Fe, Provincia de y otros s/ amparo ambiental”. CSJ 468/2020. Fallos: 343/726.
Luego, en 2022, decide mantener la medida cautelar y solicita informe a las demandadas:
● 12/08/2022. Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Equística Defensa del Medio Ambiente Aso. Civ. c/ Santa Fe, Provincia de y otros s/ amparo ambiental”. CSJ 468/2020.
Las sentencias dictadas en las causas acumuladas, por considerar la Corte que las pretensiones son conexas, y que entre unas y otras existe una relación de continencia que determina la acumulación de todas ellas en la causa “Equística”, son las siguientes:
● 28/12/2021. Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Asociación Civil por la Justicia Ambiental y otros c/ Entre Ríos, Provincia de y otros s/ amparo ambiental”. CSJ 542/2020. Fallos: 344:3725.
● 28/12/2021. Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Cesanelli, Valentín y otros c/ Entre Ríos, Provincia de s/ amparo ambiental”. CSJ 487/2020.
● 28/12/2021. Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Favario, Iván Leopoldo y otro c/ Provincia de Entre Ríos y otro s/ medidas preliminares”. FRO 070952/2018/CS001.
● 28/12/2021. Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Peyrano, Marcos Lisandro c/ Provincia de Entre Ríos s/ amparo colectivo”. FRO 011327/2020/CS001.
● 28/12/2021. Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Asociación Civil con Personería Jurídica Objetivos Rosario c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ amparo”. CSJ 1578/2020.